Esta es la retención en la fuente de CDT y Cuenta de Ahorros

22 junio 2023

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Cuando se aproxima la temporada tributaria es cuando más nos preguntamos por aquellos impuestos a los que estamos sometidos las personas naturales, y dentro de tantos términos creemos que la retención en la fuente también lo es. Hoy en este post, te contaremos algunos de los aspectos más importantes de la retención en la fuente y el principal es que no es un impuesto, por el contrario, es un mecanismo de recaudo anticipado para algunos impuestos tales como la renta, impuesto sobre las ventas, entre otros.

Así es, la retención en la fuente nos sirve como mecanismo de recaudo, y podríamos decir que es con el que pagamos poco a poco un impuesto. Según la normativa colombiana, existe una tabla de retención en la fuente, la cual cada año es actualizada e informa las bases mínimas (en función de las unidades de valor tributario-UVT) y los porcentajes de retención a practicar; lo anterior, según una serie de conceptos allí contemplados. Dentro de estos, encontramos las compras generales (para declarantes de renta y no declarantes), los honorarios, ingresos laborales (estos a partir de las 95 UVT, es decir, $4.029.140 para este año), el arrendamiento de inmuebles y los intereses o rendimientos financieros en general, entre muchos otros conceptos.

Ahora, ¿Cuál es el porcentaje de retención para Cuentas y CDT?

Pues bien, como lo mencionábamos anteriormente, los intereses o rendimientos financieros están sujetos a retención en la fuente según el artículo 395 del Estatuto Tributario, sobre los pagos o abonos en cuenta, estos se aplicarán según el producto así:

  • Cuentas de Ahorros: para las cuentas de ahorro, se aplica un porcentaje de retención en la fuente del 7% sobre los rendimientos que se generen; para este producto, se establece una base mínima de 0.055 UVT por día (en otras palabras, rendimientos superiores a $2.333 pesos diarios). Esta retención la verás descontada al momento del pago de tus rendimientos en el producto.
  • CDT: este producto de inversión está sujeto a una retención en la fuente del 4%, y siempre se hace sobre los rendimientos que te genere esta inversión; es descontado justo al momento de pagarse dichos rendimientos, con lo cual, si tienes un CDT con pago de intereses al vencimiento, será en ese momento que verás reflejado dicho descuento. Para el caso de los CDT no existe una base mínima, esto quiere decir, que todo CDT está sujeto a esta retención.

Por otro lado, existen algunas excepciones contempladas para la no aplicación de la retención en la fuente, las cuales puedes ahondar más en el artículo 911 del Estatuto Tributario, el cual, establece que los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación, no estarán sujetos a retención en la fuente.

Ahora que conoces qué porcentaje de retención en la fuente es descontado para las cuentas de ahorro y para los CDT, no olvides que, lo que estás haciendo es pagar o abonando de manera anticipada algún impuesto.